La Ley 21595, que entró en vigencia el 1 de septiembre de 2024 para las personas jurídicas, ha modificado y ampliado el régimen de responsabilidad penal de las empresas en Chile. Esta ley introduce cambios significativos que las empresas deben conocer para evitar sanciones y proteger sus intereses.
En este artículo, analizaremos las principales novedades que la Ley 21595 introduce en materia de sanciones a las empresas, con un enfoque práctico y lenguaje simple para facilitar su comprensión.
1. Ampliación del catálogo de delitos económicos
La Ley 21595 amplía la lista de delitos por los que las empresas pueden ser penalmente responsables (+200 delitos). A los delitos ya existentes en la Ley 20.393, como el cohecho y el lavado de activos, se suman ahora:
- Delitos contra el orden socioeconómico: Coecho entre particulares, tráfico de influencias, administración desleal, negociación incompatible, etc.
- Delitos contra la fe pública: Falsificación de documentos, uso malicioso de instrumento público, etc.
- Delitos contra la propiedad industrial e intelectual: Hurto, estafa, apropiación indebida,Infracción a los derechos de autor, patentes, marcas, etc.
- Delitos contra el medio ambiente: Contaminación, daño a la flora y fauna, etc.
- Delitos tributarios: Evasión tributaria, defraudación fiscal, facturas falsas., declaraciones tributarias fraudulentas, ocultamiento de bienes o ingresos, utilización de sociedades ficticias o testaferros, abuso de beneficios tributarios.
- Delitos contra la seguridad social: Evasión de cotizaciones previsionales, declaración de rentas imponibles inferiores a las reales, no pago de cotizaciones de los trabajadores, obtención fraudulenta de licencias médicas, uso indebido de fondos de pensiones.
- Delitos contra la administración pública: Cohecho a funcionario público, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, fraude al fisco, abuso de autoridad.
- Otros delitos: Receptación, delitos informáticos, etc.
2. Ampliación del ámbito de aplicación
La ley amplía el ámbito de aplicación de la responsabilidad penal de las empresas, al incluir no solo los delitos cometidos por sus representantes legales o altos directivos, sino también aquellos cometidos por cualquier persona que actúe en nombre o en beneficio de la empresa.
3. Flexibilización de los presupuestos para imputar responsabilidad penal
Ya no se exigirá que el delito se realice en interés o provecho de la persona jurídica. Es suficiente que sea cometido por alguien al interior de la empresa, o terceros que gestionen servicios para ella frente a terceros, con o sin su representación, y que la perpetración del hecho se vea favorecida o facilitada por la falta de un Modelo de Prevención de Delitos (MPD) efectivamente implementado.
4. Modificaciones al sistema de sanciones
La Ley 21595 no solo introduce nuevas sanciones, sino que también modifica el sistema de cálculo de las multas, buscando una mayor proporcionalidad y disuasión:
- Disolución de la persona jurídica: En casos graves, la empresa puede ser disuelta.
- Prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado: La empresa puede ser inhabilitada para contratar con el Estado.
- Sistema de días-multa: Se introduce un nuevo sistema de cálculo de multas, basado en la cantidad de «días-multa». Este sistema considera la gravedad del delito y la capacidad económica de la empresa o infractor, buscando una sanción más justa y proporcional.
- El valor del día-multa no puede ser inferior a 5 ni superior a 5.000 UTM.
- La cantidad máxima de días-multa que se puede imponer es de 400 días-multa.
- Por lo tanto, la multa máxima que se puede imponer a una persona jurídica es de 2.000.000 UTM (5.000 UTM x 400 días-multa), es decir, equivalente $136.000 millones aproxidamente.
- Comiso de las ganancias: Se pueden decomisar los bienes obtenidos a través del delito.
- Publicación de la sentencia condenatoria: La sentencia puede ser publicada en medios de comunicación, afectando la reputación de la empresa.
5. Incorporación de la figura del “Supervisor»
El tribunal podrá imponer a la persona jurídica la sujeción a la vigilancia de un supervisor, la inhabilitación de sus directores o administradores, o la designación de un administrador provisional.
En resumen, la Ley 21595 no solo amplía el catálogo de delitos económicos por los que las empresas pueden ser responsables, sino que también introduce nuevas sanciones, modifica criterios de imputación de responsabilidad e incorpora la figura del supervisor.
¡No esperes a que sea tarde! Toma medidas preventivas hoy mismo y protege tu futuro y el de tu empresa con un Modelo de Prevención de Delitos efectivamente implementado.
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