riesgo penal y retuacional

Cómo gestionar el riesgo penal y reputacional de su organización, a partir de la entrada en vigencia de Ley 21.595 sobre delitos económicos y ambientales 

¿Sabías que en Chile las empresas, sus ejecutivos, trabajadores, proveedores e incluso clientes ahora pueden ser perseguidas, formalizadas, procesadas y condenadas penalmente por delitos como uso de información privilegiada, corrupción, delitos tributarios, estafa, fraude, apropiación indebida, soborno, cohecho y muchos otros delitos económicos así como también por delitos contra el medio ambiente, como contaminación ambiental y explotación ilegal de recursos naturales entre otros? ¡Así es! La nueva Ley 21.595 llegó para poner orden en el mundo empresarial y proteger a todos de los “delincuentes de cuello y corbata”. Pero no te preocupes, no es tan complicado como parece si se actúa con diligencia y probidad. En este artículo te cuento todo lo que necesitas saber para que tu empresa esté preparada, gestione el riesgo penal y reputacional mediante la prevención de estos delitos y no caiga en estos líos que pueden terminar extremadamente mal.

¿Cuáles son las principales implicancias de la Ley?

Las empresas también pueden ir a juicio: Antes, solo las personas podían ser castigadas por delitos económicos. Ahora, con esta ley, las empresas también pueden ser consideradas responsables si alguien comete un delito para beneficiarlas. ¡Así que ojo con los empleados pillos!

Nuevos delitos, nuevas reglas: La ley incluye nuevos delitos como el cohecho entre particulares (cuando dos personas se ponen de acuerdo para hacer algo ilegal a cambio de plata) o la administración desleal (cuando alguien abusa de sus facultades, realiza actos que causan un perjuicio al patrimonio de la empresa o a los socios)

Las multas ahora si que duelen y mucho: Si una empresa no cumple con la ley, se expone a multas millonarias, ¡y hasta podría desaparecer! Así que más vale prevenir que lamentar.

¿Cuáles son las mayores sanciones de la Ley 21.595?

  • Penas de cárcel: Hasta 15 años para delitos graves como cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
  • Multas: Hasta 10.000 UTA para empresas.
  • Inhabilitaciones: Prohibición de ejercer cargos públicos o privados para directivos y representantes de empresas condenadas.
  • Comiso de ganancias: Pérdida de los beneficios obtenidos ilegalmente.
  • Pérdida de beneficios fiscales: Eliminación de exenciones tributarias y acceso a programas de fomento.
  • Prohibición de contratar con el Estado: Imposibilidad de participar en licitaciones y contratos públicos.

Ya en conocimiento de las penas del infierno, te comparto una muy buena noticia: “La Ley establece requisitos para que las personas jurídicas puedan ser eximidas de responsabilidad penal si cumplen con ciertas condiciones, como la implementación de un modelo de prevención de delitos eficaz”.

Conforme la Ley 21.595, se entenderá que un modelo de prevención de delitos efectivamente implementado por la persona jurídica es adecuado para los efectos de eximirla de responsabilidad penal cuando, en la medida exigible a su objeto social, giro, tamaño, complejidad, recursos y a las actividades que desarrolle, considera seria y razonablemente los siguientes aspectos:

  1. Identificación de las actividades o procesos de la persona jurídica que impliquen riesgo de conducta delictiva.
  2. Establecimiento de protocolos y procedimientos para prevenir y detectar conductas delictivas en el contexto de las actividades a que se refiere el número anterior, los que deben considerar necesariamente canales seguros de denuncia y sanciones internas para el caso de incumplimiento. Estos protocolos y procedimientos, incluyendo las sanciones internas, deberán comunicarse a todos los trabajadores. La normativa interna deberá ser incorporada expresamente en los respectivos contratos de trabajo y de prestación de servicios de todos los trabajadores, empleados y prestadores de servicios de la persona jurídica, incluidos sus máximos ejecutivos.
  3. Asignación de uno o más sujetos responsables de la aplicación de dichos protocolos, con la adecuada independencia, dotados de facultades efectivas de dirección y supervisión y acceso directo a la administración de la persona jurídica para informarla oportunamente de las medidas y planes implementados en el cumplimiento de su cometido, para rendir cuenta de su gestión y requerir la adopción de medidas necesarias para su cometido que pudieran ir más allá de su competencia. La persona jurídica deberá proveer al o a los responsables de los recursos y medios materiales e inmateriales necesarios para realizar adecuadamente sus labores, en consideración al tamaño y capacidad económica de la persona jurídica.
  4. Previsión de evaluaciones periódicas por terceros independientes y mecanismos de perfeccionamiento o actualización a partir de tales evaluaciones..

La Ley 21.595 fue promulgada con el objetivo principal de combatir la corrupción y los delitos económicos en Chile, buscando disuadir a quienes cometen estos actos y establecer penas más severas, introduciendo nuevas figuras delictivas, como el cohecho entre particulares, la administración desleal y el financiamiento ilegal de campañas políticas. Además, amplía la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

¿Tienes dudas sobre cómo esta ley afecta a tu empresa? ¡No te quedes con la duda! Consulta con un experto. Recuerda, ¡la prevención es la clave y el remedio más barato!

Si este artículo te pareció útil e importante, lo puedes compartir:

error: Content is protected !!
Scroll al inicio